Aportación asociativa

APORTACIÓN DESDE EL PROYECTO

Pautas:

Sugerencias que muchas veces no se encuentran consideradas en la normativa vigente de nuestra ciudad y que al incluirlas en los proyectos, las mismas contribuyen a mejorar la calidad de los espacios, y por ende, proporcionar una mejor calidad de vida a las personas con movilidad reducida y discapacidad.

Exigencias:

Cumplir la normativa vigente.

FINALIDADES DEL PROYECTO

Concienciar y sensibilizar a nuestra sociedad en la búsqueda de un pleno uso de la ciudad en iguales condiciones para todos sus ciudadanos.

Incorporar el concepto de accesibilidad desde la primera etapa del proyecto arquitectónico, esto implica una concienciación social en general y en particular de los profesionales que se dedican a la construcción, para generar verdaderos Espacios Para Todos, espacios de inclusión.

De esta forma las normas no sólo implicarán una obligación a cumplir, sino también una línea de pensamiento consecuente con una nueva conducta de interactuar.

Aplicación del concepto de accesibilidad no sólo a personas con capacidades diferentes sino que también integra a las distintas etapas del desarrollo del ser humano, como la niñez, el embarazo, el hábitat y a todos sus usuarios en general, para alcanzar proyectos arquitectónicos accesibles.

Acceso a los recursos: Igualdad de condiciones

Promocionar la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas, no es solamente una necesidad para las personas con discapacidad sino una ventaja para todos los ciudadanos.

Por ello, cualquier acción tendente a lograr este objetivo logra la inclusión en el tejido social de determinados colectivos, para los que estas intervenciones son absolutamente necesarias para poder realizar una vida totalmente autónoma e independiente, o con la mínima ayuda de otra persona.

Con frecuencia si un diseño es bueno para las personas mayores y personas con discapacidad, es bueno para cualquier persona. Adaptaciones simples y flexibles permiten que el mismo producto, itinerario, espacio, elemento o servicio sea utilizado por un mayor número de personas rentabilizando por tanto su posible coste.

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Asociación declarada de utilidad pública el 15 de enero de 2013 según el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, con nº de registro 2589