Ayudas al alquiler

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Son unas ayudas destinadas a pagar la renta mensual del alquiler de su vivienda habitual a los arrendatarios pertenecientes a determinados colectivos preferentes y con escasos medios económicos.

1º.- Familias numerosas.

2º.- Jóvenes menores de treinta y cinco años, con hijos a su cargo.

3º.- Unidades familiares monoparentales con hijos a su cargo.

4º.- Víctimas acreditadas de violencia de género.

5º.- Personas que hayan asumido la patria potestad, tutela o acogimiento familiar permanente del menor huérfano por violencia de género

6º.- Unidades de convivencia afectadas por situaciones catastróficas o que hayan perdido su vivienda por circunstancias anormales sobrevenidas e involuntarias, tales como incendios no intencionados, declaración de ruina inminente, o fenómenos naturales o meteorológicos adversos.

7º.- Unidades de convivencia en las que alguna de las personas que forman parte de la misma posea algún grado de discapacidad reconocido de los siguientes tipos:

i) Parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual o discapacidad del desarrollo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento.

ii) Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.

8º.-Personas que tengan declarada alguna discapacidad con un grado reconocido superior al 33 por ciento.

 

Más Información

 


Asociación declarada de utilidad pública el 15 de enero de 2013 según el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, con nº de registro 2589